Se DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO SOBRE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES propiedad de la parte demandada NEYITH RAFAEL NIMER BARUKI, titular de cédula de identidad N° V-13.237.594, hasta cubrir la suma de OCHENTA MIL BOLIVARES (80.000, 00 BsF.) que comprende el doble de la cantidad demandada, más las costas procesales, calculadas prudencialmente en un 30 °/°; y si la medida de embargo recayera sobre cantidades liquidas de dinero, la misma deberá realizarse sobre la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES ( 40.000,OO Bs.F) que comprende la cantidad demandada. Para la ejecución de la misma se acordó comisionar al Juzgado Ejecutor de Medidas de este Municipio.