este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al acusado José Manuel Pérez Polanco, de conformidad al artículo 250, 7° aparte del Código Orgánico Procesal Penal, para lograr la celebración del juicio oral y público que se efectuará el 30 de Abril del presente año. Se ordena la reclusión del acusado en el Destacamento Policial N° 3 de esta ciudad