ACUERDA CONCEDER el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado FRANK ALEXANDER LOVERA ESPINOZA, determinándose que cumple definitivamente la pena el 02 de junio de 2014, cumplidos como ha sido los requerimientos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva de esta decisión. Asimismo se ordena oficiar a la Dirección de Reinserción Social, Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Ministerio del Interior y Justicia, informándole sobre la presente decisión y remitiendo copia certificada del presente auto, notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público a la Defensa publica penal a los fines de notificarles de la presente decisión. Líbrese la correspondiente boleta de excarcelación con la indicación de que deberá concurrir a este juzgado el día martes 12-de julio de 2011 A LAS 2:00 PM a los fines de imponerlo de la decisión y de las condiciones que regirá el régimen abierto acordado a su favor, Asi com.....