Definitivamente firme como ha quedado la sentencia definitiva publicada in extenso en fecha 17 de noviembre de 2010, por el Juzgado N° 01 en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, mediante la cual se condena a los ciudadanos JOSÉ ARCÁNGEL BRICEÑO ÁNGEL y WILMER JOSE MUÑOZ DEL NOGAL, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 en concordancia con el artículo 80 parte in fine, y 277 todos del Código Penal, pena impuesta de conformidad a lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y por aplicación del artículo 37, 74 numeral 1, 2 y 4, y 88 todos del Código Penal venezolano. Igualmente se les condena a cumplir las penas accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del mismo texto legal. En cuanto a la Sujeción a la Vigilancia de la Autor.....