En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REDIMIR LA PENA A LA PENADA JUSTINA AIDA NAVARRO quien fuera condenada por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, a CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, con aplicación de los artículos 37 y 74 en su numeral 4º ambos del Código Penal, en concordancia con el 46 ordinal 5° de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica por el tiempo de ONCE (11) MESES OCHO (08) DIAS Y DOCE (12) HORAS. Todo de conformidad a lo dispu.....