En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia AGRARIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella interdictal de Amparo, propuesta por el ciudadano ELIO TULIO CASTILLO PERALTA en contra del ciudadano RUBEN RODRIGUEZ, ambos identificados anteriormente. Como consecuencia de dicha declaratoria SIN LUGAR, se REVOCA EL DECRETO DE AMPARO A LA POSESION dictado por este Tribunal en fecha 29 de febrero de 2002 y ejecutado por el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de esta misma Circunscripción Judicial en fecha 15 de abril de 2002.-
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se cond.....