Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la defensa de falta de cualidad invocada por la ciudadana LUDY HOHEBETH MICHELANGELI ORTIZ, debidamente asistida por el abogado ARTURO JOSE VILLAVICENCIO MICHELANGELI, parte demandada en la presente causa.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda por DESALOJO intentada por DILEINIS DEL CARMEN LEAL, contra la ciudadana LUDY HOHEBETH MICHELANGELI ORTIZ.-
TERCERO: SIN LUGAR LA APELACION efectuada, por la abogado MARIBEL DEL VALLE CARO ROJAS, en fecha 30 de abril del 2.008, contra la decisión de fecha 28 de abril del 2.008, dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En consec.....