Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en su competencia del Trabajo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano Medardo García Díaz, contra el ciudadano Juan Andrés Chapellín, todos identificados plenamente.-
SEGUNDO: Se condena al ciudadano Juan Andrés Chapellín, parte demandada, a pagar al ciudadano Medardo García Díaz, accionante, la cantidad de Cuatro Millones Cuatrocientos Noventa y Siete Mil Nueve Bolívares (Bs. 4.497.009,00), que es el monto real que le corresponde por los conceptos y montos acordados.-
TERCERO: Se condena al demandado, ciudadano Juan Andrés Chapellín, al pago de la Indexación Judicial, para lo cual se acuerda.....