Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la RepúblicaBolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada y en consecuencia se ordena asentar correctamente el nombre y fecha de nacimiento de la ciudadana como ANSELMA SEIJAS..." y 06-08-1.939, la cual quedó asentada en los libros de registro civil de nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Cazorla del Estado Guárico, del Año 1.942, y no como se asentó erróneamente, quedando así rectificada la misma. CUMPLASE.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. CA.....