se ordena remitir las actuaciones que contienen la causa: JP21-S-2003-001792, a la Oficina de Alguacilazgo de esta extensión Judicial Penal a los fines de que por su intermedio las hagan llegar a otro Tribunal de Control con competencia y con lo cual no se detenga el curso de proceso. Igualmente y según lo establecido en el articulo 95 ejusdem, se Ordena formar cuaderno de incidencias contentivo del informe pertinente y copias cerificadas de las actas conducentes y remitir las mismas a la Corte de Apelaciones del estado Guarico, para que resuelva la recusación planteada Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ DE CONTROL No. 01