Es por los razonamientos anteriormente expuestos, que éste tribunal de Primera Instancia de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 417 en concordancia con el 422 del CÓDIGO PENAL ,en contra del imputado ciudadano: PEDRO JOSE MARTINEZ, Venezolano, de 54 años de edad, natural de Valle de la Pascua, Estado Guarico, Comerciante, residenciado en la calle Orituco, casa n° 10-1, Valle de la Pascua, Edo. Guarico, y titular de la cédula de identidad N° V-2.989.471, y como victima los ciudadanos PEDRO JOSE MARTINEZ VASQUEZ (OCCISO), CRISPULO RAMON CORREA Y ARMANDO MOISES GARCIA HERRERA, DARWIN DENNIS RAMOS, conforme al dispositivo previsto en el articulo 318 ordinal 3º en concordancia con el ordinal.....