Es por los razonamientos anteriormente expuestos, que éste tribunal de Primera Instancia de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del CÓDIGO PENAL ,en contra del imputado ciudadano ARENAS RONDON OSWALDO JOSE, de nacionalidad venezolano, natural de zaraza, Estado Guarico, obrero, de 30 años de edad, soltero, residenciado en calle el cementerio, cruce con calle los naranjos, s/n, de Zaraza, C.I. V-11.632.368, de Nacionalidad Venezolano, de 19 años de edad, natural de Zaraza, Estado Guarico, soltero, obrero, y titular de la cédula de identidad N° V-16.789.301, conforme al dispositivo previsto en el articulo 318 ordinal 3º en concordancia con el ordinal 8º del artículo 48 ambos d.....