SE DECLARA LA APERTURA A JUICIO ORAL DE LA PRESENTE CAUSA Y SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO DEL CIUDADANO JHONNY RAMON GUZMAN TORREALBA, venezolano, natura del Zaraza, Estado Guárico, de 23 años de edad, nacido en fecha 10-12-1981, soltero obrero, residenciado en la calle Nueva casa s/n sector el cementerio frente a la Bodega Pica- Pica Zaraza Estado Guarico y titular de la cédula de identidad N° 18.784.817, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 455 ambos del Código Penal y coautor en la comisión del delito de EXTORSIÓN previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal cometido en perjuicio del ciudadano JUAN RAMON FIGUERA ZARAZA, emplazándose a las partes para que concurran ante el Juez de Juicio a quien corresponda conocer de ella, dentro del lapso común de cinco (5) días siguientes.