Este Tribunal de Primera Instancia Penal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en función Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la Defensora Pública Penal Segunda Abg. Isabel cristina Flores , en representación del ciudadano ARQUIMEDEZ GABRIEL FERNANDEZ, en contra del Fiscal Décima Quinto del Ministerio Publico, al determinar que cesó la violación de la Garantía Constitucional denunciada, todo de conformidad con el Ordinal 1° del Artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Garantías y Derechos Constitucionales. Notifíquese a las partes conforme a lo dispuesto en el Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Consúltese la decisión con la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial penal en su oportunidad legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3.....