DISPOSITIVA
De acuerdo con los fundamentos esgrimidos es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Decreta la DESESTIMACIÓN de la causa a raíz de investigación aperturada con motivo de la denuncia del ciudadano PEDRO VICENTE IZQUIER RODRIGUEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Zaraza, Estado Guarico, de 56 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, Residenciado en la Calle Bolívar, Sector Ipasme, Zaraza, Estado Guarico, titular de la cedula de identidad No- 4279477, motivado a que los hechos objeto del proceso constituyen delito cuyo enjuiciamiento solo procede a instancia de parte agraviada, a que se contrae la parte infine del artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal..
SEGUNDO: Se ordena remitir las presentes act.....