DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: Se Absuelve por Unanimidad al acusado: JOSE MANUEL DIAZ GERDEL, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-12.898.777, natural de Las Mercedes del Llano, Estado Guárico, quien nació en fecha 22-06-72, de 32 años de edad, hijo de Arturo Díaz y Yhajaira de Gerdel, residenciado en calle la Principal, casa S/N, Barrio El Gavilán, Las Mercedes del Llano, Estado Guárico, de la comisión de los delitos de MOVILIZACIÓN INDEBIDA DE SUBPRODUCTOS DEL GANADO, previsto y sancionado en el articulo 12 Ordinal 2° de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera y de OCULTAMIENTO DE ARMA FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente, en prejuicio del ESTADO VENEZOLANO; por lo que queda se deja sin efecto las.....