El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Unipersonal Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Habiéndose el acusado acogido del medio alternativo a la prosecución del proceso, como lo es la admisión de los hechos, de manera pura y simple, se procede a imponer la pena al ciudadano DARWIN ENRIQUE DIAZ FERNANDEZ (plenamente identificado) por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionados en el Artículo 277 del Código Penal CONDENANDOSE a cumplir la pena a cumplir la pena de un año (01) y seis (06) meses por cuanto no presenta antecedentes penales, ni registros policiales y procesales, se toma el límite inferior de la pena de tres (03) años y medio (1/2) por admisión igual a un año (01) y seis (06) meses. SEGUNDO. Se acuerda la sol.....