Por los motivos antes expuestos, este juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Guarico Extensión Valle de La Pascua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: NIEGA la solicitud de la Defensa Privada abogados Orangel Rodríguez y Diodoro Palma, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano acusado de autos Marco Antonio Martínez, en relación a adelantar la fecha para la celebración del juicio oral y publico en el presente asunto penal, ya que no cuenta con espacio disponible en la agenda única llevada por ante este Circuito Penal, de acuerdo al nuevo sistema organizacional con el que se labora, en consecuencia se mantiene la oportunidad para la celebración del juicio oral y publico en el presente asunto penal para el día 04-10-2010, a las 11:30 a.m. SEGUNDO: Se acuerda oficial al Batallón de la Guardia Nacional de Venezuela, Destacamento 28, de esta .....