DECLARÓ LA EXTINCIÓN DE LA PENA de UN (01) AÑO DE PRISION, que ha de cumplir el penado MILANO JHONNY JOSE, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 18.643.349, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 112 del Código Penal en relación con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal.-