En definitiva, y en base a todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal OTORGA el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL al ciudadano RAFAEL GREGORIO RON CAMACHO, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.998.898, nacido en fecha: 13-06-1.977, soltero, obrero, hijo de JOSEFINA CAMACHO Y LUCIANO RON, bajo los siguientes términos:
1. La obligación de mantener como domicilio el siguiente: Finca Borrajola, Vía San Rafael de Laya, Jurisdicción del Municipio Jose Félix Ribas, Estado Guárico.-
2. No salir de la Jurisdicción de este Tribunal sin la debida participación al mismo.-
3. El penado deberá presentarse el primer día hábil de cada mes por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, y firmar el Libro correspondiente.-
4. No frecuentar sitios de juegos tales como remates de caballos, galleras, ni de juegos de envite y azar.-
5. No asistir a sitios o establecimientos donde se expendan bebidas alcohólicas.-
6. No porta.....