Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 53 del Código Penal, ACUERDA conmutarle el resto de la pena que le falta por cumplir en CONFINAMIENTO, la cual terminará de cumplir en fecha 15-08-2006, al penado WILLIAN RAFAEL MARTINEZ ROBLES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No15.220.298, soltero, obrero, natural de Zaraza, Estado Guárico, donde nació en fecha 17-06-1979, hijo de MARTINEZ PEDRO RAFAEL y MARTINEZ GREGORIA, donde reside en la siguiente dirección: Calle La Planta, Barrio Borbollón, casa S/n Zaraza, Estado Guárico, actualmente recluido en la cárcel de Tocuyito , Área de La Mínima en Valencia, Estado Carabobo, imponiéndole al mismo, de acuerdo a.....