Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 53 del Código Penal, ACUERDA conmutarle el resto de la pena que le falta por cumplir en CONFINAMIENTO, la cual terminará de cumplir en fecha 12-09-2008 a las 5:03 minutos de la tarde , a la penada MILANO INGRID JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.15.248.453, soltero, natural de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, nacida en fecha 03-06-77, hija de NUÑEZ JOSE GABRIEL y MILANO LILIAN MERCEDES, residenciada en el barrio El Triunfo, calle Laguna Verde, casa S/n de esta ciudad de Valle de la Pascua, actualmente recluida en el anexo femenino de la Penitenciaria General de Venezu.....