ACORDO el traslado del ciudadano JOSE ANDRES MANZOL, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de Identidad Nº 21.065.307, actualmente recluido en el Internado Judicial de Barinas, Estado Barinas, hacia el Centro de Reclusión de Tocorón, Estado Aragua. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479.3 y 481 del Código Orgánico Procesal Penal.-