OTORGO EL CONFINAMIENTO al ciudadano JAIRO DE JESUS AGUIRRE MUNERA, de nacionalidad Colombiana, titular de la Cédula de Identidad colombiana 10.080.339, el cual deberá cumplir en la AVENIDA WINSTON CHURCHILL SUR, S/N, EL TIGRE, ESTADO ANZOATEGUI. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 20 y 52 del Código Penal.-