Es por las consideraciones anteriormente expuestas que este Tribunal de Ejecución N° 01 actuando en el nombre de la República y por autoridad de la Ley: Decide: ORDENA remitir las actuaciones originales a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Extensión Judicial Penal a los fines de que remita el presente asunto a un Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, a los efectos de que se lleve a cabo la notificación de la Sentencia Definitiva y se verifique el cumplimiento de los lapsos y oportunidades que garantizan el debido proceso y el efectivo Derecho a la Defensa. Líbrense Boletas de Notificación a las partes. Líbrese la correspondiente Boleta de excarcelación. Ofíciese lo conducente al organismo correspondiente a los fines de dejar sin efecto la solicitud ante SIPOL del mencionado ciudadano y al Director del Internado Judicial con sede en San Juan de los Morros a los fines de dejar sin efecto la sol.....