Es por los razonamientos precedentemente expuestos que este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal, Extensión Valle de la Pascua, Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO al ciudadano penado LUIS ADOLFO MAYORGA HERRERA, venezolano, mayor de edad, agricultor, titular de la Cédula de Identidad No. 8.796.020, natural del Guamacho, Municipio Espino del Estado Guárico, nacido en fecha 26-01-1963, hijo de Teodoro Mayorga y Cristobalina Herrera, residenciado en el fundo "La Macanilla" , ubicado en la población de Santa Rita de Manapire, vía Cabruta, Estado Guárico, en virtud de que ha cumplido con los requisitos establecidos taxativamente en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículos 67 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, cuya medida de Destacamento otorgada deberá cumplirla en la Zona Agrícola anexa a la Penitenciaría General de Venezue.....