Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico, con sede en San Juan de los Morros; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: JONY ALBERTO LANDER PADRINO Y ROSA DE LOURDES CAMACHO DE LANDER, de estado civil casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.890.754 y V-14.871.031 respectivamente.