Por las razones expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARIA DE JESUS ROJAS, JOSE RAFAEL AMARISCUA ROJAS, YBETD MARIA AMARISCUA ROJAS y ANGEL RAFAEL AMARISCUA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.161.182, 11.796.156, V- 13.948.306, V- 17.164.539 respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Calabozo del Estado Guárico, concubina e hijos del fallecido RAFAEL ANTONIO AMARISCUA CARMONA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.796.445 quedando a salvo los derechos de terceros.
Se deja constancia que la decisión fue dictada dentro del lapso legal. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el libro copiador. Devuélvase original con sus resultas a la interesada. Anótese su entrega en el Libro de solicitudes y compútese en la estadística del Tribuna.....