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Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente demanda de REIVINDICACION incoada por la ciudadana DARIA ENCARNACION REINA, titular de la cédula de identidad Nº 8.778.638, contra la ciudadana MARLENY COROMOTO VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.325.520, sobre la vivienda construida en la parcela de terreno propiedad de la Municipalidad de El Socorro ubicada en la Calle Ribas, del Sector El Calvario Nº 94-1 población de El Socorro, Estado Guárico, la cual se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: Solar de la casa que es o fue de Moisés, SUR: Calle Calanche, ESTE: Casa que es o fue de Lourdes Machuca, y OESTE: Casa que es o fue de María Guerra, y así se decide.
Por la naturaleza de la sentencia no hay condenatoria en .....