Razón por la cual este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, REPONE LA CAUSA, al estado de citar al co-demandado GUILLERMO RAMON HERNANDEZ RAMOS, por lo que se ordena comisionar nuevamente al JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, acompañándole despacho de comisión y la compulsa respectiva, y así se decide.
Notifíquese de esta decisión a las partes litigantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de procedimiento Civil.
Publíquese, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada en el archivador llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en V.....