Por los razonamientos anteriores este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara parcialmente CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana GLADYS QUINTANA, suficientemente identificadas con anterioridad contra la sentencia definitiva dictada en fecha 21 de Abril de 2003 por el Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de esta misma Circunscripción Judicial, la cual queda reformada toda vez que en la motiva se declaró la improcedencia del cobro de los gastos a que se refiere la cláusula Cuarta del Contrato. En consecuencia, se declara parcialmente CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ILSE MARINA VARGAS LOPEZ contra la ciudadana GLADYS QUINTANA, ambas identificadas con anterioridad, y se condena a la demandada perdedora a: 1) Desocupar el local comer.....