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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA en su competencia CIVIL administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO que con fundamento en los Ordinales 2º y 3º del artículo 185 del Código Civil, intentó la ciudadana YAMILETH BARON VALERA, titular de la cédula de identidad Nº 14.672.377, contra el ciudadano FRANKLIN JOSE RANGEL CARPIO, titular de la cédula de identidad Nº 16.326.657, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Santa María de Ipire del Estado Guárico, en fecha 17 de Febrero del 2007, según Acta N° 04, según copia de Acta de Matrimonio que riela a los folios 3 y 4, y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Por cuanto la presente sentencia fue dictada dentro del lapso de ley, no es necesario notificar a las partes.
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