En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, declara CON LUGAR la solicitud efectuada por la Abogada CELESTINA PINTO RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 13.757, quien actúa en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada, todo de conformidad con el artículo 586 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se SUSPENDEN Y SE DEJAN SIN EFECTO la medida que pesa sobre las cuentas corrientes Nros. 0163-0218-06-2183005805 del Banco del Tesoro y 0108-0009-96-0100067780 del Banco BBVA Provincial a nombre de la ciudadana MARIA JOSEFINA GONZALEZ CABEZA, titular de la cedula de identidad Nº 9.433.861, y se ordena oficiar a dichas entidades bancarias haciéndole saber lo conducente, y así se establece. Líbrese oficio.
Publíquese, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias de este Tribunal.
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