este Juzgado de conformidad con el Artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, acuerda lo solicitado, y en consecuencia, exhorta a la parte demandada CORPORACION VALLE HORIZONTE C.A., a fin de dar caución o garantía suficiente, hasta cubrir la cantidad de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 22.000,oo), que comprenden las siguientes cantidades: 1) La cantidad de DOCE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 12.000,oo), monto de la letra de cambio objeto de este juicio; 2) La cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 7.200,oo) por concepto de intereses calculados al 5% anual, desde la fecha de vencimiento de la letra hasta la presente fecha; y 3) La cantidad de TRES MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 3.000,oo) por concepto de costas prudencialmente calculadas por el Tribunal en un 25% del valor de la demanda, el total de dicho monto debe ser consignado por la parte demandada, en este Tribunal, mediante cheque de gerencia a nombre de este Despacho, quien procederá en su opor.....