D I S P O S I T I V A
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Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la OPOSICIÓN efectuada por la co-demandada ciudadana ARELYS JOSEFINA RODRIGUEZ, y en consecuencia, SIN LUGAR la presente demanda de EJECUCION DE HIPOTECA incoada por la ciudadana PIZZOFERRATO PEREZ GILDA, titular de la cédula de identidad N° 1.481.198, contra los ciudadanos CENTENO FAJARDO JESUS MIGUEL Y RODRIGUEZ ARELYS JOSEFINA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.582.957.
Se suspende y se deja sin efecto la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble objeto de esta controversia, decretada en fecha 07 de Noviembre del año 2.001, y participada al Registrador Subalterno del Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, en esa misma fecha, por lo que s.....