Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada por los ciudadanos YENNY ADELY AREVALO DE MORALES y RAMON MORALES CALZADILLA, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.686.354 y E-84.421.515, respectivamente, el último de los nombrados representado por el abogado JOSE JAVIER CORONADO RIVERO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 180.868, según poder especial otorgado para este acto identificado supra, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 184 del Código Civil y según Sentencia Nº 693, de fecha 02 de Junio del año 2015, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justi.....