Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor de la ciudadana CARMEN BENIGNA NAVAS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.360.933, sobre las mejoras y bienhechurias construidas en un lote de terreno municipal, constante de constante de SEISCIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SEIS CENTÍMETROS (681.06 Mts2), con un área de construcción de CIENTO NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMETROS (109.49 mts2) ubicado en el Barrio Modesto Freites calle 2 entre carreras 2 y 3 Casa Nº 147 de esta ciudad de Calabozo estado Guarico y alinderado de la siguiente manera según cedula catastral NORT.....