Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de acta de Matrimonio Nro. 17, tomo I, año 1964, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Francisco de Macaira Municipio Monagas del Estado Guarico, presentada por el ciudadano JOAQUIN LEDEZMA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.292.186. En consecuencia se ordena, a colocar una nota marginal en el ACTA DE MATRIMONIO antes referida dejándose constancia que en cuanto al nombre de la contrayente que aparece como "SANTA RAFAELA", lo correcto es "SANTA AGRISPINA".-
En consecuencia de lo anteriormente dispuesto, se ordena asentar la debida nota marginal, para lo cual ofíciese lo conducente al R.....