III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas (con funciones de distribuidor) de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías antes descritas a favor de la DIOCESIS DE VALLE DE LA PASCUA, representada por el ciudadano CRUZ RAFAEL MUJICA CLERMONT, venezolano, mayor de edad, soltero, Párroco de la Parroquia Nuestra Señora de Altagracia, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.166.298, domiciliado en la calle Chapaiguana, casa S/N, Sector Plaza de esta ciudad de Alt.....