Por los razonamientos hechos anteriormente, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Judicial número 2009-0006, de fecha, 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 368.338, de fecha 02 de Abril de 2009, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil presentada por la ciudadana MIRLA JOSEFINA GIMON DE MOY, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.993.757, domiciliada en la Urbanización La Florida, sector Nº 02, calle Nº 07, casa Nº 09, de esta ciudad de Zaraza, Estado Guárico, debidamente asistida por los Abogados EDGAR RAFAEL CHACIN GUARIQUE y MARY ROSA CABE.....