Por las anteriores Consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en ejercicio de su competencia en materia de Trabajo, DECIDE: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, intentada por Henry Antonio Hernández ya identificado, contra los ciudadanos ANDRES ROMERO Y OSWALDO DIAZ, también identificados.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se exonera de costas a la parte solicitante.-