Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con Lugar la demanda por Desalojo, incoada por el abogado Juan José Quintero en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALFREDO MANCINI FRASCARELLI, GIULIANA MANCINI DE SPAGNOLETTI, SERSE MANCINI FRASCARELLI y los sucesores del ciudadanos GIANNI MANCINI FRASCARELLI, ciudadanos PLACIDA DINORA GARCIA DE MANCINI, TIZIANA MANCINI GARCIA, ADRIANO MANCINI GARCIA, MARIANELLA MANCINI GARCIA y GIANNI JUNIOR MANCINI GARCIA, contra el ciudadano: RAFAEL ENRIQUE MUÑOZ GOMEZ, ampliamente identificado en los autos, sobre un inmueble constituido de un apartamento de 164 mts cuadrados en el tercer nivel del edificio, distinguido con el nro. 4, ubicado en la avenida Romulo Gallegos oeste de esta ciudad.....