Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda por DESALOJO, interpuesta por la ciudadana: UBILMA ROSALIA MARTINEZ OLIVARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.566.749, de este domicilio, contra la ciudadana: FRANCISCA URSULINA DIAZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.555.111 y de este domicilio, plenamente identificados en los autos