Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la demanda por Desalojo, incoada por la ciudadana DILIA DIAZ DE GONZALEZ, en su carácter de Arrendadora, contra el ciudadano FACUNDO R. PERDOMO