Por los razonamientos antes expuestos, esta Juzgadora declara el convenimiento expresado por la partes en acta de ejecución de medida de embargo de fecha 19 de Mayo de 1998, con carácter de sentencia con autoridad de cosa juzgada, por lo que se le imparte la correspondiente homologación, declara la terminación del juicio y el archivo del expediente, y así se decide, con fundamento en la doctrina y la jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional.