Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por el abogado en ejercicio SAUL LEDEZMA, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil GUEVARA MOTORS, C.A., contra la ciudadana MARIA MAGDALENA PALOMO DE OROPEZA