Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Leonardo infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SERVICIO, incoada por la señora MARIA DEL CARMEN MOTA, contra: LA ASOCIACION CIVIL DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL LICEO “JOSE GIL FORTOUL”, inscrita en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Infante, del Estado Guárico, en fecha: 30 de Julio del 2.003, anotado bajo el Nº 15, a los folios 98 al 102, Tomo I, Primer Trimestre