Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda por desalojo incoada por el ciudadano, RAFAEL MENDOZA OROPEZA en su carácter de Arrendador, contra el ciudadano PAUL HIDALGO, en su carácter de Arrendatario, todos ampliamente identificados en los autos, sobre un inmueble situado en la Población de Cabruta, entre las calles Rivas y Colombia s/n, diagonal al Ambulatorio Rural tipo II, del Municipio Las Mercedes del Llano, Estado Guárico.