III
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara Con Lugar la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada en la presente causa por el ciudadano: JOSE VALDEMAR VASQUEZ, contra la ciudadana: NUBIA MINERVA FLORES JASPE, ambas partes identificadas en autos.
Segundo: Declara confesa a la parte Demandada, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: Declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento de fecha 08 de Septiembre de 2006, autenticado por ante la Notaría Pública de Valle de la Pascua, inserto bajo el No. 13, Tomo 91 de los Libros de Autenticaciones llevados por ante esa Notaría, así como las prórrogas .....