RESUMEN DE LA DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuesta este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR las cuestiones previas contenidas el Articulo 346, ordinal 6, del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el ordinal 7 del Artículo 340 ejusdem., opuestas por los abogados EDGAR DARIO NUÑEZ ALCANTARA y RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO, en su carácter de apoderados judiciales de la codemandada Sociedad de Comercio C.N.A. SEGUROS LA PREVISORA contra el ciudadano GILBERTO DALY BOULTON, debidamente asistido en este acto por la abogada DADYS M. DALY BOULTON, por la demanda que por RECLAMACION DE DANOS DERIVADOS DEL ACCIDENTE DE TRANSITO, intento el antes mencionado ciudadano, contra la Empresa TRANSPORTE CASABLANCA, C.A., en la persona de su representante legal y propietario, ciu.....